Use bien los símbolos patrios
SANTO DOMINGO.- Los emblemas que representan nuestra patria tienen una serie de normas y regulaciones dedicadas a procurar el buen empleo de los mismos.
Actualmente, los artículos 95, 96 y 97 de la Constitución hacen referencia a los símbolos patrios, indicando que éstos son la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional.
Una ley que data del año 1943 regula su uso. Entre otras cosas, establece los lugares en donde debe enhestarse la Bandera, el lapso en que es correcto que esté enarbolada, la debida posición de los cuarteles y la longitud de la misma.
Sin embargo, a mediados del 2005, la Academia Dominicana de la Historia elaboró un anteproyecto de ley que sugiere una actualización del código que actualmente está en vigencia. Esta iniciativa, según indica la misiva dirigida al presidente Fernández, surge con el propósito de disminuir los irrespetos que se cometen contra los símbolos patrios.
Juan Daniel Balcácer, presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias y uno de los propulsores de este anteproyecto, expresa que la ley en vigor contiene normas y restricciones obsoletas que no van acorde con los cambios de la sociedad dominicana; en ese sentido considera que es imperativo una modificación en la misma que se ajuste a las necesidades actuales.
Carolina Veras
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